EL TRASLADO DE LOS MENORES, RESPONSABILIDAD DEL ADULTO

En 2017, 5 de los 17 menores de 12 años fallecidos que viajaban en turismo o furgoneta no hacían uso del mismo.

La Alianza Española por la Seguridad Vial Infantil (AESVI) aprobó el Decálogo de la Seguridad Vial Infantil, un conjunto de medidas imprescindibles a tener en cuenta a la hora de desplazar con seguridad a los menores en los vehículos y cuyo objetivo es que ningún menor fallezca o sufra heridas graves cuando viaja como ocupante de un vehículo.

La legislación española obliga a que los menores de edad de estatura igual o inferior a 135 cm que se desplacen en vehículo, además de viajar con el sistema de retención infantil adecuado a su talla y peso como la norma exige, deberán ir sentados obligatoriamente en los asientos traseros de los vehículos, excepto:

1. Cuando el vehículo no disponga de asientos traseros

2. Cuando todos los asientos traseros estén ya ocupados por otros menores de las mismas características.

3. Cuando no sea posible instalar en dichos asientos traseros todos los sistemas de retención infantil.

Solamente en estos casos, los menores podrán ocupar el asiento delantero del vehículo, pero siempre utilizando el sistema de retención homologado a su talla y peso.

*Fuente: http://www.dgt.es/es/prensa/notas-de-prensa/2019